¿Mi patinete eléctrico necesita un seguro específico?
- 19/07/2023
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) entre los que están los patinetes eléctricos, son vehículos de una o más ruedas, de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. No se encuadran dentro de esta definición los vehículos para personas con movilidad reducida.
Aunque cada Ayuntamiento puede regular específicamente la circulación de patinetes eléctricos y otros VMP, todos los usuarios deben cumplir las condiciones mínimas impuestas por la Ley de Tráfico:
- un único usuario por patinete y siempre con casco,
- prohibido que circulen por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Si no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana.
- mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial y prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
- pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.
- los VMP también deben disponer de
- sistema de frenado
- dispositivo de advertencia acústica (timbre)
- luces y dispositivos reflectantes traseros y delanteros.
Se aconseja, además:
- El uso del casco, aún cuando la ordenanza municipal no lo contemple como obligatorio (obligatorio en algunas ciudades como Barcelona para los menores de 18 años).
- Seguro de responsabilidad civil.
La DGT ha desarrollado un Manual de características de los vehículos de movilidad personal. El objetivo de la norma es que a partir de 2027 sólo puedan circular los VMP que cuenten con un certificado de circulación homologado por el fabricante y que estén registrados por la DGT, es decir, como la ficha técnica de los coches. Su objetivo es garantizar que sólo circulan vehículos seguros.
¿Seguro obligatorio para patinetes eléctricos?
De momento no existe la obligatoriedad general de disponer de un seguro obligatorio en el conjunto de España, aunque sí deben tenerlo en vigor los patinetes de alquiler (y el seguro se incluye en el precio del alquiler) o en el caso de uso profesional (empresas de reparto, comida a domicilio, etc).
La regulación local hace que los Ayuntamientos decidan. Hasta la fecha, es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros si se circula en patinete eléctrico en ciudades como Barcelona, Córdoba, Mahón, Pozuelo de Alarcón, Palencia... y la Dirección General de Tráfico está trabajando para definir la obligatoriedad de dicho seguro en los próximos meses.
Seguro para patinetes eléctricos
Aunque no sea obligatorio (de momento tampoco en Mollet) sí es muy recomendable disponer de un seguro que proteja a los propietarios y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) como patinetes, segways, hoverboards y monociclos frente a reclamaciones por daños materiales y personales de terceras personas durante su utilización.
El seguro de patinete eléctrico de FORTUNY i SOLER ofrece cobertura de daños propios y de responsabilidad civil para el propietario/usuario cuando emplee el vehículo en el ámbito particular:
- Responsabilidad Civil: Incluye la responsabilidad civil para cubrir daños -corporales o materiales- ocasionados a terceros como persona privada mientras el Asegurado conduce su patinete eléctrico. Existen dos opciones de suma asegurada, 150.000 euros o 300.000 euros. Si quieres, puedes incluir una franquicia de 150 o 300 euros.
- Gastos de Defensa y Fianzas Civiles: Constitución de fianzas judiciales, costas judiciales derivadas de la reclamación, dirección jurídica frente a la reclamación del perjudicado y gastos de defensa ocasionados.
- Hospitalización quirúrgica por accidente: Indemnización de 20 euros diarios y hasta un máximo de 90 días al año, si el Asegurado tuviera que ser ingresado en un hospital para ser sometido a una intervención quirúrgica.
- Fallecimiento por accidente: Cubre al beneficiario de la póliza frente a la muerte por accidente del asegurado, con una suma asegurada de 6.000 euros.
- Invalidez permanente por accidente: Incluye una indemnización máxima de 12.000 euros, según baremo de lesiones establecido en las condiciones generales de la póliza.
- Gestión de documentos: Se informará al interesado de los documentos que resulten necesarios, para obtener las prestaciones correspondientes asumiendo los gastos que de ello se deriven hasta un máximo de 155 Euros.
- Daños materiales al vehículo por accidente: Se cubren los daños que pueda sufrir el vehículo de movilidad personal por accidente, siempre y cuando el panel y el cuadro del mismo hayan resultado afectados; bien sea en circulación, en reposo o durante su transporte.
- Daños materiales con pérdida total: Se indemnizará al Asegurado por valor de nuevo durante los 3 primeros meses de antigüedad del patinete eléctrico, posteriormente según valor real.
Contacta con FORTUNY i SOLER en Mollet del Vallès. Te ayudaremos a asegurar tu VMP.